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DERECHO DE FAMILIA

También llamado Derecho Familiar, es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia. Es la parte del Derecho Civil que tiene por objeto las relaciones jurídicas familiares: relaciones conyugales, paterno-filiales, tanto en su aspecto personal como patrimonial, la tutela y las demás instituciones de protección de menores e incapacitados. Constituye el eje central la familia, el matrimonio y la filiación.

DIVORCIO

Acción de divorciar: disolver o separar, por sentencia el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal. Separar, apartar personas que vivían en estrecha relación o cosas que estaban o debían estar juntas. 

SEPARACION

Interrumpir la vida en común, por fallo judicial o por decisión coincidente, sin que se extinga el vínculo matrimonial.

CUSTODIA

Lo primero que hay que distinguir es entre custodia y patria potestad, algo que se suele confundir habitualmente. La patria potestad se asigna siempre a ambos padres, ya que se trata del conjunto de derechos y obligaciones que los padres tienen para sus hijos; es decir, su protección, cuidado y desarrollo

  • Guarda y custodia monoparental: uno de los progenitores será el encargado exclusivo del cuidado diario y ordinario de los menores, en la vivienda familiar. 

  • Guarda y custodia compartida: cada vez más frecuente, la guarda y custodia compartida consiste en que ambos progenitores vivirán con sus hijos, pero en periodos alternos (quincenas, meses, trimestres…).

  • Guarda y custodia partida o distributiva: la forma menos habitual de custodia, ya que consiste en separar a los hermanos. Solo se puede dar en los casos en los que sea imprescindible, y lo más beneficioso para los niños.

  • Guarda y custodia atribuida a un tercero: una modalidad extraordinaria que se da en casos especiales en los que no se pueda atribuir la custodia a los progenitores (maltrato, abandono…).

SOCIEDAD DE GANANCIALES

La disolución de la Sociedad de Gananciales, que no es más que la disolución del régimen económico matrimonial mediante el cual se hacen comunes entre los cónyuges las ganancias obtenidas durante la vigencia del matrimonio, los cuales serán atribuidos por mitad a los cónyuges al disolverse aquella.

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Qué abarca el Derecho de Familia / Derecho Matrimonial

  • Divorcios o Disolución del Matrimonio:

    • El divorcio es un proceso por medio del cual se termina legalmente el vínculo del matrimonio. La ley de familia rige los procedimientos para llevar a cabo un divorcio y la ley varía según el estado donde se presente la petición de divorcio.

  • Custodias y manutención de los hijos/as

    • Los progenitores reconocidos legalmente están obligados a pagar un monto mensual para el sustento del niño. Esto sucede cuando ocurre un divorcio, separación legal, o los padres de los hijos menores de edad no comparten una relación de pareja, pero tienen hijos en común.

  • Régimen de visitas

    • La solicitud de un régimen de visita justo y conveniente es otro de los asuntos manejados por la ley de familia. Durante un divorcio o separación los padres negocian sus propuestas para compartir tiempo, vacaciones y fechas importantes con sus hijos.

  • Matrimonios o Uniones Libres

    • Cuando una pareja desea contraer matrimonio también debe seguir los pasos y las reglas que establece la ley de familia. Un matrimonio es un contrato entre dos personas que desean reconocerse públicamente, y ante la ley.

  • Acuerdos prenupciales

    • Se trata de un contrato prenupcial que con carácter general regula medidas de carácter económico, que únicamente entrarán en vigor como consecuencia del divorcio. Estos acuerdos prenups (término de origen anglosajón) son en España las denominadas capitulaciones matrimoniales

  • Adopciones

    • Las adopciones también son regidas por la el derecho de familia y sus leyes privadas y el procedimiento varía según varios factores. La tramitación de adopción en España debe iniciarse por los propios interesados de forma presencial, no es posible delegar esta tarea a terceros. En primer lugar, tienes que dirigirte al Servicio de Protección de Menores de tu Comunidad Autónoma y solicitar tu certificado de idoneidad​​

Contacto

Iñigo Garay Bascaran

Abogado de Familia experto en Divorcios

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